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Requisitos para acceder a un tratamiento de fertilidad en la Seguridad Social

21 de Abril de 2017
Para poder realizar un tratamiento de fertilidad existen dos opciones: acudir a una clínica privada, o por el contrario, acceder a través de la Seguridad Social. Las dos opciones tienen sus pros y sus contras y cada mujer o pareja tiene que decidir dónde quiere realizarse el tratamiento valorando criterios como el tiempo y el precio:
• Cuando se trata del tiempo de espera, las clínicas de reproducción asistida destacan por su inmediatez, pudiendo realizarse el tratamiento de fertilidad una vez hecha la primera visita. En cambio, el problema de la Seguridad Social son las largas listas de espera, que pueden variar desde un año como mínimo hasta llegar incluso a los 4 años de espera desde que se realiza la primera visita y hasta que se empieza el tratamiento de fertilidad recomendado.

• Si hablamos del precio de los tratamientos de fertilidad, la Sanidad pública se lleva la "medalla de oro", pues los ofrece de forma gratuita.

De este modo, hay quienes prefieren esperar y acceder a los tratamientos a través de la Sanidad pública, mientras otros deciden cumplir su sueño a través de centros privados, sin tener que esperar demasiado tiempo.

Actualmente una de cada seis parejas padece algún problema de infertilidad, esto supone que son muchísimas las personas que optan por realizarse algún tratamiento de reproducción asistida, haciendo que la lista de espera en la Sanidad pública no pare de crecer. Además, un problema muy común en la Seguridad Social que no se da en las clínicas privadas, son las restricciones y posibilidades para poder acceder a estos tratamientos de fertilidad.



¿Cuáles son los requisitos para poder entrar en esta lista de espera de la Seguridad Social para acceder a un tratamiento de fertilidad?

Aunque se suele dar prioridad a aquellas mujeres con problemas de fertilidad diagnosticados, hay otros requisitos indispensables a cumplir para entrar en la lista de espera de la Seguridad Social. Es importante tener en cuenta que las restricciones que impone la Sanidad Pública para poder acceder a los tratamientos de reproducción asistida, varían en función de la normativa específica de cada comunidad autónoma. Aún así, hay algunas prioridades y requisitos comunes que se dan en prácticamente todo el país. Las estudiamos una por una:

➔ Tener menos de 40 años

Para ser aceptada en la lista de espera de la Seguridad Social y poder realizar un tratamiento de fertilidad, la primera condición es no tener aún los 40 años de edad (50 para los hombres) ya que se considera que a esa edad la fertilidad y posibilidad de embarazo se reduce. Puedes entrar en esa lista con 39 años, pero a veces puede suceder que cuando te citen para realizarte el tratamiento ya hayas cumplido los 40; entonces se anulará la oportunidad de poder someterse a cualquier tratamiento y se deberá acudir a una clínica privada.

➔ Padecer alguna enfermedad ginecológica grave

Padecer alguna enfermedad ginecológica es un problema que afecta a la fertilidad sin que la mujer pueda hacer nada al respecto. Por eso, aunque la Seguridad Social permite los tratamientos de reproducción asistida a todas las parejas que no consiguen tener hijos, se da más prioridad a aquellas con problemas graves de fertilidad o esterilidad, como la endometriosis severa en las mujeres o la azoospermia en los hombres.

➔ No tener hijos con la pareja actual

La Sanidad pública da más prioridad a aquellas mujeres que aún no hayan tenido hijos, anulando la posibilidad de acceder a tratamiento a las que ya tengan un hijo con su pareja. Las mujeres que tengan un hijo con una pareja anterior sí podrán acceder a un tratamiento de fertilidad con su pareja actual, pero siempre entrando en la lista de espera detrás de las mujeres que no tienen ningún hijo.

➔ No tener infertilidad "voluntaria"

La infertilidad iatrogénica es aquella que se da por voluntad propia, cuando la persona así lo desea. Por ejemplo, algunas mujeres se realizan una ligadura de trompas cuando no quieren tener más hijos, así como también algunos hombres se hacen la vasectomía por voluntad propia. A veces, algunas de estas personas desean volver a tener hijos años más tarde; si este es el caso, no podrán acceder a un tratamiento de fertilidad en la Sanidad pública y tendrán que hacerlo en una clínica de reproducción asistida privada.

➔ No tener enfermedades generales graves

Aquellas parejas en las que uno de los dos padezca alguna enfermedad grave y/o con posibilidad de ser hereditaria, quedaran excluidos de las listas de espera y no podrán acceder a ningún tratamiento de fertilidad a través de la Seguridad Social. Estos casos se dan en enfermedades como el SIDA, Hepatitis C o similares.

➔ No tener una baja respuesta a la estimulación ovárica

En algunos casos, las mujeres tienen una baja respuesta a la estimulación ovárica y se encuentran con un número de folículos bajos o nulos. Si se encuentran estos resultados durante la fase de estimulación, puede ser que se cancele el tratamiento antes de la punción o que no se pueda acceder a un segundo intento del tratamiento de fertilidad.

➔ No haberse realizado el número máximo de ciclos

En la Seguridad Social hay un máximo de oportunidades para quedarse embarazada, dependiendo de cada tratamiento. El número puede variar en cada comunidad autónoma, pero, por lo general en toda España hay un máximo de 3 ciclos para un tratamiento de fecundación in vitro. En el caso de la Inseminación artificial, se concede un máximo de 4 intentos si la inseminación es conyugal y 6 si es inseminación artificial con donante. Si en el primer intento no se consigue el embarazo, la mujer deberá volver a la lista de espera para poder realizarse su próximo ciclo de tratamiento. En caso de no tener éxito en ninguno de los ciclos permitidos, no se podrá volver a acceder a ninguno de los tratamientos de fertilidad a través de la Seguridad Social.

➔ Tener número de afiliación a la Seguridad Social

Por último, para poder acceder a cualquier tipo de tratamiento en la Sanidad Publica es obligatorio estar dado de alta en la Seguridad Social.



Tratamientos de fertilidad para mujeres solteras y parejas de mujeres homosexuales

Un último aspecto que lleva años causando polémica es la posibilidad de acceso a los tratamientos de fertilidad para mujeres solteras y parejas de mujeres homosexuales. La ley permite a cualquier persona acceder a los tratamientos de reproducción asistida; aún así, según los requisitos y criterios de prioridad la Seguridad Social se limita a conceder los tratamientos únicamente a parejas que padezcan algún problema de fertilidad diagnosticado, excluyendo de este modo a mujeres solteras o lesbianas. Pero toda mujer tiene derecho a quedarse embarazada, por eso se está empezando a regular esta contradicción y hoy en día ya son muchas comunidades autónomas las que dan la oportunidad de tener un hijo a cualquier mujer, sea cual sea su estado civil y/o su orientación sexual.


En Easyfiv creemos firmemente en el derecho de ser madres, por eso ofrecemos todas las posibilidades que están en nuestras manos para permitir la reproducción asistida a todas las personas que deseen formar una familia, siempre con unos precios justos y competitivos, para hacer más asequible y cercana la oportunidad de tener un hijo.

Consulta el tratamiento de fertilidad que más se adapte a ti y ponte en contacto con nosotros si quieres más información o una primera consulta gratuita. ¡Desde EasyFiv estaremos encantadas de ayudarte!

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